Pesca de Autoconsumo o Doméstica o de Autoconsumo
25-03-2025

Quiero hablaros de una modalidad de pesca que no regula nuestro ordenamiento jurídico interno, que es la pesca de autoconsumo o doméstica.
Esta pesca debemos diferenciarla de la pesca recreativa y deportiva, dado que su fundamento esta diferenciado en cuanto al sentido de la misma.
La pesca de autoconsumo o doméstica ha sido una práctica tradicional de muchas comunidades costeras y ribereñas en España durante miles de años, pero también en la gran parte de comunidades costeras a lo largo del planeta. Esta actividad, que responde a una necesidad básica de subsistencia, consiste en la captura de especies pesqueras para el consumo propio y no para la venta o comercialización, lo que la diferencia de la pesca profesional.
No se realiza por ocio o diversión, lo que la diferencia de la pesca recreativa y tampoco se realiza como deporte o competición lo que la diferencia de la pesca deportiva.
1) En este contexto, resulta necesario analizar la definición de pesca de autoconsumo, así como su encaje y regulación dentro del marco jurídico español.
- Definición de Pesca de Autoconsumo o Doméstica:
“La pesca de autoconsumo, también conocida como pesca doméstica, se refiere a la captura de recursos pesqueros (peces, mariscos, moluscos, etc.) destinada exclusivamente al consumo familiar o personal, sin ánimo de lucro ni intención de comercialización”.
(En esta definición encontramos cierta similitud con la pesca recreativa, sin embargo su objetivo no es el ocio, el recreo, el entretenimiento o el ejercicio de una actividad deportiva, sino pescar para comer).
- Esta práctica se caracteriza por:
Finalidad no comercial y de baja escala: La captura de los productos pesqueros no tiene como objetivo la venta, sino el consumo en el hogar.
Uso familiar o personal: La cantidad de recursos obtenidos debe ser adecuada para las necesidades de una familia o grupo, sin generar excedentes.
Cubrir las necesidades nutricionales básicas del individuo.
Prácticas tradicionales: Esta actividad debe llevarse a cabo de manera artesanal y tradicional, sin el uso de técnicas industriales ni grandes recursos. La pesca a caña o submarina son prácticas tradicionales que permiten la captura y elección del producto pesquero en especial la pesca submarina que ofrece cero descartes.
2) Contexto Legal y Normativo
En el ordenamiento jurídico español, la pesca está regulada por diversas normativas a nivel estatal y autonómico que buscan controlar las actividades pesqueras, proteger los recursos marinos y acuáticos, y garantizar la sostenibilidad de las especies. La pesca de autoconsumo o doméstica, tal como la planteo, no está regulada.
Debéis tener en cuenta que la UE define la pesca recreativa como aquella que no constituye el recurso primario del individuo para satisfacer sus necesidades nutricionales básicas (FAO nº 13).
No podría encajarse dentro de la pesca recreativa o deportiva ya que la pesca de autoconsumo debe permitir la captura de peces, cefalópodos y crustáceos (respetando tallas y vedas) y además poder con ello cubrir esas necesidades nutricionales básicas.
En varios países sí que está regulada de manera específica. Es el caso de Nueva Zelanda (Fisheries Act 1996) que permite a los residentes locales pescar para comer, la Ley General de Pesca y Acuicultura de México que facilita a las comunidades costeras el acceso a los recursos pesqueros para su consumo personal, la Ley General de Pesca de Costa Rica, Chile, Guatemala, Nicaragua…
En el caso de Canadá la define como “Pesquerías locales no comerciales, no orientadas hacia la recreación, que operan con objetivo de adquirir pescado para el consumo propio de los pescadores, sus familias y comunidad” y de la South Africa´s Marine Living Resources Act, que define al pescador de subsistencia o de autoconsumo como “una persona que captura regularmente peces para su consumo personal y de sus dependientes, incluye a quienes eventualmente se comprometen en el trueque de exceso de captura”.
Perú habla de pesca de autoconsumo o doméstica como la realizada con fines de consumo doméstico o trueque, sin fines de lucro (Decreto Ley N° 25977 de 2013). Colombia entiende que esta pesca es la que se realiza sin ánimo de lucro para proporcionar alimento al pescador y a su familia (Ley N° 13 de 1990).
El estado de Alaska permite a los residentes nativos y no nativos pescar para consumo personal bajo un sistema de permisos regulado, el cual no requiere licencias de pesca recreativa y no está sujeto a los mismos límites de captura que la pesca recreativa.
La pesca de autoconsumo se permite bajo una excepción subsistencial de las normativas de pesca recreativa y comercial, permitiendo a los ciudadanos locales capturar cantidades limitadas de peces y mariscos para su consumo propio.
En Hawái se permite a los residentes pescar para su propio consumo sin necesidad de permisos recreativos, aunque existen restricciones sobre las especies que pueden ser capturadas, las cantidades y las áreas donde se puede pescar.
En California se permite a los residentes la pesca mariscos, peces y otros recursos acuáticos para consumo personal, sin fines comerciales, bajo las normativas de pesca subsistencial que se diferencian claramente de las regulaciones recreativas.
A los pueblos nativos de California se les permite pescar para subsistencia sin cumplir con las normativas estándar para pesca recreativa. Estos derechos han sido reconocidos como parte de acuerdos legales y restauración de derechos, en especial en zonas cercanas a reservas indígenas.
Por su parte, en el estado de Maine las personas pueden pescar para su propio consumo sin necesidad de licencias si se trata de una pesca no comercial y dentro de ciertos límites. Esta modalidad de pesca se diferencia de la pesca recreativa, que sí requiere licencia y está sujeta a límites de captura más estrictos.
3) Contexto social
Sí quiero comer un centollo o una sepia, a pesar de que tengo la capacidad y posibilidad de capturarlo, el sistema creado me obliga a comprarlo a un tercero, y pagar una serie de impuestos que van destinados a las arcas de la administración. Esa simple acción provoca un daño económico importante a familias con recursos limitados y monopoliza el recurso pesquero en manos de un solo colectivo, la pesca profesional.
La pesca de autoconsumo o doméstica ha existido durante siglos en las comunidades costeras, respecto de cualquier tipo de recurso pesquero, sin más limitaciones que la satisfacción de las necesidades nutricionales básicas de la comunidad.
La pesca de autoconsumo forma parte del patrimonio cultural y gastronómico doméstico español y debería protegerse como tal. Esto permitiría a las personas mantener una conexión directa con la naturaleza y la alimentación.
El informe FAO (2017) sugiere que una de las formas de mejorar la equidad en el acceso al recurso pesquero es fomentar modalidades como la pesca de autoconsumo, regulada de manera sostenible para asegurar la protección del medio ambiente y la disponibilidad del recurso para las futuras generaciones.
4) Fundamentos de separación de la pesca de autoconsumo o doméstica respecto de la recreativa o deportiva.
La pesca recreativa implica una actividad de ocio (fines recreativos o deportivos), donde el principal objetivo no es el sustento, mientras que la pesca de autoconsumo busca cubrir necesidades alimenticias básicas.
La captura de marisco para consumo propio queda fuera del ámbito recreativo pero no del doméstico, de subsistencia o de autoconsumo.
Probablemente se intente englobar esta actividad que propongo dentro de la pesca recreativa y superponerla, sin embargo el propósito y el impacto son diferentes.
La base cultural, social y ética de la actividad de autoconsumo, en cualquiera de sus ámbitos, aunque en este trabajo nos centramos en el medio marino, forma parte de ese derecho de acceder a los recursos naturales para cubrir las necesidades básicas si tener que depender de la pesca comercial o profesional y de tener que comprar en el mercado.
5) Sujetos activos
La práctica de la pesca de autoconsumo no debe limitarse exclusivamente a permitir su acceso a colectivos en situación de vulnerabilidad económica. Esta práctica debe estar al alcance de cualquier persona interesada en obtener recursos marinos para su sustento personal y familiar, con independencia de su situación económica.
La FAO ha estructurado en varias comunidades costeras a través del globo una pesca de autoconsumo sostenible que permite a las personas con fácil acceso a la mar la obtención de los recursos necesarios para su subsistencia
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La pesca de autoconsumo puede formar parte de la vida diaria de muchas familias, especialmente en comunidades que no tienen acceso a mercados de alimentos o que tienen un nivel económico bajo. En algunas culturas, la pesca es una actividad que fortalece los lazos comunitarios y en ciertos casos, los recursos pesqueros capturados pueden ser compartidos dentro de la misma comunidad.
En este marco, la pesca de autoconsumo, entendida como aquella que se realiza con fines exclusivamente personales o familiares, se presenta como una modalidad que ofrece una respuesta adecuada a la necesidad de asegurar el acceso a alimentos saludables, frescos y locales para las familias, al tiempo que respeta las normativas ambientales y la sostenibilidad de los ecosistemas acuáticos
6) Monopolio de la pesca profesional
La pesca profesional ha monopolizado la obtención del recurso marino, lo que le ha llevado a recibir privilegios (cuotas, acceso prioritario al recurso, apoyo administrativo y gubernamental…), mientras que el acceso para el autoconsumo propio está limitado o incluso penalizado.
Existe un control excesivo del recurso pesquero por parte del sector profesional respecto de un ámbito que debería ser parte del acceso al público. Un ejemplo claro lo tenemos en la captura del marisco, donde la pesca profesional monopoliza una vez más el acceso al mismo, beneficiándose económicamente mientras se limita de manera arbitraria la autonomía del individuo. El marisco es un recurso natural que debería estar accesible para todos, dentro de los límites sostenibles, prohibir que el consumidor pesque para autoconsumo crea una dependencia innecesaria del mercado.
Esta situación lleva al mínimo la autonomía alimentaria de los ciudadanos aumentando su dependencia de los mercados y de la pesca comercial. Este control exclusivo afecta a la capacidad de las personas para autoabastecerse, lo que contradice los principios de soberanía alimentaria y reducción del impacto ambiental asociado con la producción y el transporte de alimentas.
Es necesario reducir la dependencia del mercado pesquero, mejorar la soberanía alimentaria de las personas y promover este tipo de pesca responsable y sostenible, beneficiando tanto a las comunidades locales como al medio ambiente.
Este monopolio pesquero profesional encarece innecesariamente el acceso a los alimentos básicos, afectando especialmente a comunidades costeras que tendrían fácil acceso al mismo y a aquellos colectivos con menor capacidad económica.
7) Propuesta
- No se pretende eliminar la pesca recreativa ni la profesional, tan sólo crear una categoría y modalidad específica para el autoconsumo con unos límites claros que aseguren la sostenibilidad. El impacto de esta modalidad sería mínimo y por tanto en una escala mucho más pequeña que el resto de modalidades pesqueras.
- La pesca de autoconsumo será aquella que se realice para obtener productos pesqueros destinados al consumo propio o de la unidad familiar, sin ánimo de lucro ni comercio. Esta modalidad se realiza en cantidades limitadas y no está orientada a la venta de los recursos capturados. Su objetivo es garantizar el acceso de los ciudadanos a los recursos pesqueros marinos y continentales para fines alimentarios, sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas acuáticos ni entrar en competencia con la pesca comercial o recreativa.
- Métodos de pesca: Limitar el uso de técnicas pesqueras a aquellas de bajo impacto ambiental, como la pesca con caña o la pesca submarina capaz esta última de elegir directamente el ejemplar a capturar creando un mínimo impacto en el ecosistema marino.
- Establecer un sistema de permisos que permita a los ciudadanos pescar para autoconsumo, con requisitos mínimos de formación o concienciación sobre la pesca sostenible y las especies protegidas.
- Crear una plataforma digital o sistema de registro en línea donde los ciudadanos puedan solicitar permisos para la pesca de autoconsumo y obtener información actualizada sobre las normativas y las especies permitidas.
- Incluir información sobre las especies protegidas y el impacto ambiental de las técnicas de pesca, promoviendo buenas prácticas entre los pescadores de autoconsumo.
- Implementar mecanismos de control para garantizar que las capturas no superen los límites establecidos y que no se esté llevando a cabo una pesca indiscriminada.
- Fomentar la cooperación entre pescadores comerciales y pescadores de autoconsumo, creando oportunidades para que ambas partes trabajen juntas para mantener la sostenibilidad del recurso pesquero.
- El Estado, en colaboración con las comunidades autónomas, los pescadores y las organizaciones sociales, trabaja en la creación de un sistema de pesca de autoconsumo que permita a los ciudadanos disfrutar de este derecho fundamental, al tiempo que protege y preserva los recursos acuáticos para las generaciones futuras.
- La futura Ley de Pesca de Autoconsumo debe articularse sobre la base de los principios de justicia social, sostenibilidad ambiental y el respeto por los derechos de las comunidades costeras y rurales, con el objetivo último de garantizar que los recursos pesqueros sigan siendo una fuente de bienestar para la sociedad española, ahora y en el futuro.
8) Bibliografía
- Alves, R. R. N. (2012). Pesca y caza de subsistencia en las comunidades Wounaan del Bajo Río San Juan. En La caza y pesca de subsistencia en el Bajo Río San Juan (pp. 310-320). Recuperado de https://www.researchgate.net/publication/360757840_2021_Cap_Pesca_y_caza_de_subsistencia_en_las_comunidades_Wounann
- Arancibia Jeraldo, J., (2018) “Definiciones sobre pesca de subsistencia”, Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
- Beddington, J. R., et al. (2015). Small-Scale Fisheries and the Marginalization of Local Communities: Economic and Social Impacts. World Development, 74, 1-12. https://doi.org/10.1016/j.worlddev.2015.04.010
- Cáceres, R., & Rodríguez, M. A. (2015). La pesquería industrial y la sostenibilidad de los recursos marinos en España. Revista de Estudios Pesqueros, 42(1), 56-68.
- Comisión Europea. (2020). Política Pesquera Común (CFP). Recuperado de https://ec.europa.eu/fisheries/cfp_en
- Costello, C., et al. (2008). The value of the recreational fishery for the European Union. Marine Policy, 32(4), 470-479.
- FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura). (2020). The State of World Fisheries and Aquaculture. http://www.fao.org/state-of-fisheries-aquaculture
- FAO. (2012). Contribución de la pesca artesanal a la seguridad alimentaria y nutricional. Recuperado de https://openknowledge.fao.org/server/api/core/bitstreams/cf0466a8-c7b9-41ce-8c86-05c7d1191760/content
- FAOLEX. (2021). Documentos legales sobre pesca sostenible. FAOLEX. Recuperado de https://faolex.fao.org/
- Fiorillo, D. (2019). The Economics of Fisheries Monopolies and Their Environmental Impacts. Marine Policy, 82, 12-20. https://doi.org/10.1016/j.marpol.2017.04.016
- GONZÁLEZ ÁLVAREZ, L., y VILLALOBOS CHACÓN, L., (1999), “La Función social de la pesca artesanal costera...”, Dialnet.
- HERNÁNDEZ, C., (2023), “Factores socioeconómicos y pesqueros en la pesca continental de pequeña escala en la cuenca del Usumacinta…”, Hidrobiológica vol.31 no.2
- Hilborn, R. (2017). The Collapse of Fisheries: Causes, Consequences, and Solutions. Ecology and Society, 22(2), 45-58. https://doi.org/10.5751/ES-09113-220245
- INPESCA, (2008), “Estrategia para el Desarrollo sostenible de la Pesca Artesanal, La Seguridad Alimentaria y la Reducción de la Pobreza de las Familias”, Instituto Nicaragüense de la Pesca y la Acuicultura.
- López-López, J., & Sánchez-Hernández, J. (2013). La pesca indígena de autoconsumo en Veracruz. Revista de Biología Tropical, 61(3), 1261-1274. Recuperado de https://www.redalyc.org/pdf/417/41751459003.pd
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España. (2020). Normativa sobre pesca recreativa y comercial en España. Recuperado de https://www.mapa.gob.es/es/pesca/
- Pauly, D., & Zeller, D. (2017). The Decline of Small-Scale Fisheries in Global Fisheries Management. Global Environmental Change, 45, 128-136. https://doi.org/10.1016/j.gloenvcha.2017.07.006
9) Legislación
- Ley N° 18.892, de 1 de marzo de 1990, General de Pesca y Acuicultura. (1990). Diario Oficial de la República de Chile.
- Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, Ley N° 28, 2007. (2007). Diario Oficial de la Federación.
- Australian Fisheries Management Authority (AFMA). (2019). Fisheries Management in Australia: Regulations for recreational and subsistence fisheries. Australian Government Department of Agriculture, Water and the Environment.
- Magnuson-Stevens Fishery Conservation and Management Act, Pub. L. No. 94-265, 16 U.S.C. §§ 1801 et seq. (1976).
- Alaska Department of Fish and Game. (2020). Subsistence Fishing Regulations. https://www.adfg.alaska.gov/index.cfm?adfg=fishing.regulations
- Hawaii Department of Land and Natural Resources. (2021). State of Hawaii Division of Aquatic Resources: Fishing Regulations. https://dlnr.hawaii.gov/dar/
- California Department of Fish and Wildlife. (2020). Fishing Regulations. https://wildlife.ca.gov
- Maine Department of Marine Resources. (2020). Recreational and Commercial Fishing Regulations. https://www.maine.gov/dmr/